CONTEXTO
Entre1972 y 1990 la compañía Texaco (ahora Chevron) fue operadora de una concesión petrolera de 480.000 hectáreas en la Amazonía norte del Ecuador. El área en la que entraron sin ningún consentimiento previo, corresponde al territorio ancestral de 6 nacionalidades indígenas diferentes. Durante sus operaciones la petrolera construyó 22 estaciones de producción y perforó más de 350 pozos dentro de 15 campos. Las técnicas de operación utilizadas por Texaco fueron totalmente inadecuadas, produciéndose un grave desastre ambiental y humano. Los desechos originados durante la producción petrolera de la compañía fueron arrojados directamente al ambiente. Más de 16 mil millones de galones de tóxica agua de formación fueron desechados directamente en los ríos y esteros que la población local utiliza para bañarse, beber y cocinar. La petrolera además construyó más de 800 piscinas sin recubrimiento donde depositó sus desechos tóxicos, éstas hasta el día de hoy no han recibido un tratamiento adecuado y continúan filtrando contaminantes en el ambiente. Texaco también regó con petróleo las carreteras de la zona, quemó toneladas de gas y fue responsable de cientos de derrames de petróleo accidentales. Todas estas actividades han tenido serias consecuencias sobre el ambiente de la zona y la vida de la población local.
Ante la llegada de actores desconocidos los indígenas amazónicos tomaron una actitud bélica de autoprotección y defensa a su territorio que empezó a presentar problemas para la petrolera y fueron desplazados del lugar de concesión y reubicados en territorios designados. La sedentarización trajo importantes cambios culturales y sociales. La población siguió creciendo y al cambiar las formas de vida y producción, el territorio que estaban obligados a compartir no tiene la capacidad para subsistir por lo que empiezan a cambiar sus costumbres productivas. Para lograr sobrevivir ahora necesitan conseguir ingresos monetarios mediante el trabajo en la petrolera. Esto da lugar a que se produzcan cambios bruscos en la cultura. Además, la migración provocada por la explotación petrolera obliga a las poblaciones locales a admitir conglomerados de personas extranjeras que interactúan con ellos y representan cambios y desafíos difíciles de asumir. La desintegración de las formas de convivencia social que se da por la presencia de extraños que traen otras cosmovisiones, aumenta las necesidades sociales y produce un desequilibrio. Las poblaciones son obligadas a vivir en sistemas y condiciones sociales nuevas, que requieren de conocimientos que no han desarrollado. Su integración al nuevo medio social tiende a marginarlos. Por primera vez en la historia se producen desajustes y desordenes sociales dentro de las nacionalidades indígenas. Se dan cambios radicales en las expectativas que causan frustración y desvalorización de la propia identidad; empieza un proceso de aculturación forzada y el inicio de un acelerado proceso de etnocidio.
La contaminación ambiental producida por Texaco también hizo que los animales huyan del territorio y ahora para poder salir a cazar se encuentran a más de tres días de distancia lo que hace imposible subsistir de este medio. Por esto, empezaron a buscar otros medios de producción como la agricultura. La falta de nutrientes que estaban acostumbrados a recibir trae índices de desnutrición altos. Además, la contaminación de los suelos no permite que las cosechas crezcan, lo que produce también altos índices de pobreza. Por otro lado, la contaminación del agua trae enfermedades completamente nuevas y desconocidas para los nativos. Se presentan graves problemas dermatológicos, especialmente en niños y recién nacidos, que se exteriorizan como tipos de alergias en la piel. Asimismo, debido al consumo de estas aguas fuertemente contaminadas empiezan a aparecer enfermedades degenerativas como cáncer. La población estudiada presenta abortos 150% más frecuentes que en otras zonas del país; de igual manera existen casos de cáncer 130% más frecuentes y un riesgo de mortalidad 260% más alto que en otras zonas. El cáncer representa un 32% del total de las muertes, 3 veces más que la media nacional; 13.6 de cada 10 mil habitantes sufre cáncer. Los tipos de cáncer más comunes son cáncer al estómago, al hígado, al intestino, al útero, a los huesos y leucemia. Enfermedades que son completamente desconocidas para los habitantes y que no saben cómo tratarlas. Texaco es el responsable de la contaminación del agua, de los suelos, del aire y contaminación por ruido que ha cambiado drásticamente la calidad de vida de miles de habitantes nativos de la Amazonia ecuatoriana, llevando inclusive a la extinción de pueblos indígenas como los Tetes y los Sansahuari. El 75% de la población utiliza agua contaminada ya sea para bañarse, lavar o consumirla directamente, y no porque no estén conscientes de la contaminación sino porque no tienen otra fuente de agua. De igual manera el aire contaminado y los gases emitidos por los mecheros de la petrolera afectan directamente a la salud de los habitantes.
JUICIO.-
Todas las afectaciones antes mencionadas impulsaron a las nacionalidades indígenas de la zona con los miles de colonos afectados a iniciar un proceso judicial contra la compañía Texaco. En 1993 los Afectados de la Amazonia presentaron un juicio contra Texaco en la Corte Federal de Nueva York. Durante los nueve años siguientes la petrolera pidió que el caso fuera transferido a cortes ecuatorianas prometiendo someterse a la jurisdicción ecuatoriana y a aceptar el resultado del juicio. En el 2002 se desestimó la causa; y en el 2003
los 30 mil afectados de las provincias de Orellana y Sucumbíos presentan una acción contra Chevron Corporation (que se había fusionado con Texaco en el 2001) en la Corte Superior de Justicia de Nueva Loja. Después de 56 inspecciones judiciales, 118 informes periciales, cerca de 64.000 resultados de laboratorio y alrededor de 215.000 páginas de expediente, el 14 de febrero del 2011 el Presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos emitió sentencia condenatoria contra Chevron. El 14 de Febrero del 2011, la Corte dicta Sentencia concluyendo que las fuentes naturales de agua en el área de concesión han sido contaminadas por la explotación petrolera y el derrame de sustancias toxicas, entre otras formas de exposición, que han puesto en riesgo la salud y la vida de las personas y el ecosistema.
El veredicto fue en favor de los demandantes y se sentenció a la petrolera al pago de 8,6 millones de dólares para ser empleados en la reparación del daño ambiental; que incluye limpieza de los suelos, instalación de sistemas de agua e implementación de sistemas de salud para la zona. Además el juez impuso una sanción punitiva que consistía en que Chevron pidiera disculpas públicas a los afectados, en un plazo de 15 días
posterior a la sentencia. En caso de no hacerlo la sanción se incrementaría al doble del monto señalado. Acatando esta disposición, ahora la petrolera debe a los afectados más de 19 mil millones de dólares. Además, la sentencia reconoce el daño a los pueblos indígenas, y afirma que el daño ambiental lleva a un daño en la cultura debido a la relación directa que estos tienen en las comunidades indígenas y se ordena a la implantación de un programa de reconstrucción comunitaria y reafirmación étnica. El 3 de Enero del 2012 la Corte de Apelaciones ratifica la sentencia de 1ra instancia. Con esta sentencia los esfuerzos de los Afectados ahora se concentran en el cobro de lo antes acordado. En la actualidad el proceso se encuentra en casación ante la Corte Nacional de Justicia. Como parte de las acciones de cobro los demandantes, con autorización de la Corte Provincial de Sucumbíos, han solicitado el embargo de todos los bienes que Chevron posee en el Ecuador. Sin embargo, esta cifra no representa ni el 1% de la cantidad demandada por lo que se han visto en la necesidad de acudir a otros países como Canadá, Brasil y Argentina. Se solicitó a las Cortes en estos países el reconocimiento de la sentencia seguido por el congelamiento de los bienes de Chevron para lograr el pago de la cifra determinada.
Este es un caso trascendental en el Ecuador y el mundo. Es la primera vez en la historia que comunidades indígenas y campesinas de bajos recursos de un país en vías de desarrollo ganan una batalla legal contra una compañía transnacional. Sin embargo, mientras no se logre ejecutar la sentencia se está negando el goce de los derechos a miles de personas. El artículo 2216 del Código Civil obliga al que hizo el daño a indemnizar por los perjuicios causados. De la misma manera la Constitución de la Republica reconoce los derechos los pueblos indígenas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y así también si este ambiente se llegare a destruir reconoce el derecho a pedir indemnización y recuperación del bienestar. Según el Derecho Internacional y los Derechos Humanos todos los individuos sin discriminación deben tener acceso al Derecho de Reparación. La Resolución 60/147 de la ONU garantiza la reparación sobre los derechos que han sido vulnerados. En este caso los Afectados tienen derecho a la remediación de suelo, la restauración de ecosistemas, la remediación de sedimentos, la recuperación cultural de los pueblos indígenas, la creación de un sistema de salud, un fondo de tratamiento de personas con cáncer, la creación de un sistema de agua potable y la reparación moral por los daños ocasionados. Esto representa las tres instancias nombradas en la Resolución 60/147-ONU de restitución, rehabilitación y satisfacción. Durante décadas Chevron ha tratado de forma despectiva a las víctimas y su sufrimiento se ha prolongado por años, es ineludible el resarcimiento de los daños y el reconocimiento de la dignidad de la población.
Además, según la Declaración de las Naciones Unidas Sobre el Derecho de los Pueblos Indígenas, estos no pueden ser sometidos a la destrucción de su cultura, territorio y recursos naturales; y si esto llegare a ocurrir tienen el pleno derecho de resarcimiento. Los pueblos indígenas tienen derecho a no ser desplazados y tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han ocupado, además de la conservación y protección del medio ambiente y la capacidad productiva de la tierra. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural. La violación a los derechos antes presentados ya fue
reconocida en una sentencia y al no cumplir esta sentencia se consagra la violación de los mismos.
Entre1972 y 1990 la compañía Texaco (ahora Chevron) fue operadora de una concesión petrolera de 480.000 hectáreas en la Amazonía norte del Ecuador. El área en la que entraron sin ningún consentimiento previo, corresponde al territorio ancestral de 6 nacionalidades indígenas diferentes. Durante sus operaciones la petrolera construyó 22 estaciones de producción y perforó más de 350 pozos dentro de 15 campos. Las técnicas de operación utilizadas por Texaco fueron totalmente inadecuadas, produciéndose un grave desastre ambiental y humano. Los desechos originados durante la producción petrolera de la compañía fueron arrojados directamente al ambiente. Más de 16 mil millones de galones de tóxica agua de formación fueron desechados directamente en los ríos y esteros que la población local utiliza para bañarse, beber y cocinar. La petrolera además construyó más de 800 piscinas sin recubrimiento donde depositó sus desechos tóxicos, éstas hasta el día de hoy no han recibido un tratamiento adecuado y continúan filtrando contaminantes en el ambiente. Texaco también regó con petróleo las carreteras de la zona, quemó toneladas de gas y fue responsable de cientos de derrames de petróleo accidentales. Todas estas actividades han tenido serias consecuencias sobre el ambiente de la zona y la vida de la población local.
Ante la llegada de actores desconocidos los indígenas amazónicos tomaron una actitud bélica de autoprotección y defensa a su territorio que empezó a presentar problemas para la petrolera y fueron desplazados del lugar de concesión y reubicados en territorios designados. La sedentarización trajo importantes cambios culturales y sociales. La población siguió creciendo y al cambiar las formas de vida y producción, el territorio que estaban obligados a compartir no tiene la capacidad para subsistir por lo que empiezan a cambiar sus costumbres productivas. Para lograr sobrevivir ahora necesitan conseguir ingresos monetarios mediante el trabajo en la petrolera. Esto da lugar a que se produzcan cambios bruscos en la cultura. Además, la migración provocada por la explotación petrolera obliga a las poblaciones locales a admitir conglomerados de personas extranjeras que interactúan con ellos y representan cambios y desafíos difíciles de asumir. La desintegración de las formas de convivencia social que se da por la presencia de extraños que traen otras cosmovisiones, aumenta las necesidades sociales y produce un desequilibrio. Las poblaciones son obligadas a vivir en sistemas y condiciones sociales nuevas, que requieren de conocimientos que no han desarrollado. Su integración al nuevo medio social tiende a marginarlos. Por primera vez en la historia se producen desajustes y desordenes sociales dentro de las nacionalidades indígenas. Se dan cambios radicales en las expectativas que causan frustración y desvalorización de la propia identidad; empieza un proceso de aculturación forzada y el inicio de un acelerado proceso de etnocidio.
La contaminación ambiental producida por Texaco también hizo que los animales huyan del territorio y ahora para poder salir a cazar se encuentran a más de tres días de distancia lo que hace imposible subsistir de este medio. Por esto, empezaron a buscar otros medios de producción como la agricultura. La falta de nutrientes que estaban acostumbrados a recibir trae índices de desnutrición altos. Además, la contaminación de los suelos no permite que las cosechas crezcan, lo que produce también altos índices de pobreza. Por otro lado, la contaminación del agua trae enfermedades completamente nuevas y desconocidas para los nativos. Se presentan graves problemas dermatológicos, especialmente en niños y recién nacidos, que se exteriorizan como tipos de alergias en la piel. Asimismo, debido al consumo de estas aguas fuertemente contaminadas empiezan a aparecer enfermedades degenerativas como cáncer. La población estudiada presenta abortos 150% más frecuentes que en otras zonas del país; de igual manera existen casos de cáncer 130% más frecuentes y un riesgo de mortalidad 260% más alto que en otras zonas. El cáncer representa un 32% del total de las muertes, 3 veces más que la media nacional; 13.6 de cada 10 mil habitantes sufre cáncer. Los tipos de cáncer más comunes son cáncer al estómago, al hígado, al intestino, al útero, a los huesos y leucemia. Enfermedades que son completamente desconocidas para los habitantes y que no saben cómo tratarlas. Texaco es el responsable de la contaminación del agua, de los suelos, del aire y contaminación por ruido que ha cambiado drásticamente la calidad de vida de miles de habitantes nativos de la Amazonia ecuatoriana, llevando inclusive a la extinción de pueblos indígenas como los Tetes y los Sansahuari. El 75% de la población utiliza agua contaminada ya sea para bañarse, lavar o consumirla directamente, y no porque no estén conscientes de la contaminación sino porque no tienen otra fuente de agua. De igual manera el aire contaminado y los gases emitidos por los mecheros de la petrolera afectan directamente a la salud de los habitantes.
JUICIO.-
Todas las afectaciones antes mencionadas impulsaron a las nacionalidades indígenas de la zona con los miles de colonos afectados a iniciar un proceso judicial contra la compañía Texaco. En 1993 los Afectados de la Amazonia presentaron un juicio contra Texaco en la Corte Federal de Nueva York. Durante los nueve años siguientes la petrolera pidió que el caso fuera transferido a cortes ecuatorianas prometiendo someterse a la jurisdicción ecuatoriana y a aceptar el resultado del juicio. En el 2002 se desestimó la causa; y en el 2003
los 30 mil afectados de las provincias de Orellana y Sucumbíos presentan una acción contra Chevron Corporation (que se había fusionado con Texaco en el 2001) en la Corte Superior de Justicia de Nueva Loja. Después de 56 inspecciones judiciales, 118 informes periciales, cerca de 64.000 resultados de laboratorio y alrededor de 215.000 páginas de expediente, el 14 de febrero del 2011 el Presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos emitió sentencia condenatoria contra Chevron. El 14 de Febrero del 2011, la Corte dicta Sentencia concluyendo que las fuentes naturales de agua en el área de concesión han sido contaminadas por la explotación petrolera y el derrame de sustancias toxicas, entre otras formas de exposición, que han puesto en riesgo la salud y la vida de las personas y el ecosistema.
El veredicto fue en favor de los demandantes y se sentenció a la petrolera al pago de 8,6 millones de dólares para ser empleados en la reparación del daño ambiental; que incluye limpieza de los suelos, instalación de sistemas de agua e implementación de sistemas de salud para la zona. Además el juez impuso una sanción punitiva que consistía en que Chevron pidiera disculpas públicas a los afectados, en un plazo de 15 días
posterior a la sentencia. En caso de no hacerlo la sanción se incrementaría al doble del monto señalado. Acatando esta disposición, ahora la petrolera debe a los afectados más de 19 mil millones de dólares. Además, la sentencia reconoce el daño a los pueblos indígenas, y afirma que el daño ambiental lleva a un daño en la cultura debido a la relación directa que estos tienen en las comunidades indígenas y se ordena a la implantación de un programa de reconstrucción comunitaria y reafirmación étnica. El 3 de Enero del 2012 la Corte de Apelaciones ratifica la sentencia de 1ra instancia. Con esta sentencia los esfuerzos de los Afectados ahora se concentran en el cobro de lo antes acordado. En la actualidad el proceso se encuentra en casación ante la Corte Nacional de Justicia. Como parte de las acciones de cobro los demandantes, con autorización de la Corte Provincial de Sucumbíos, han solicitado el embargo de todos los bienes que Chevron posee en el Ecuador. Sin embargo, esta cifra no representa ni el 1% de la cantidad demandada por lo que se han visto en la necesidad de acudir a otros países como Canadá, Brasil y Argentina. Se solicitó a las Cortes en estos países el reconocimiento de la sentencia seguido por el congelamiento de los bienes de Chevron para lograr el pago de la cifra determinada.
Este es un caso trascendental en el Ecuador y el mundo. Es la primera vez en la historia que comunidades indígenas y campesinas de bajos recursos de un país en vías de desarrollo ganan una batalla legal contra una compañía transnacional. Sin embargo, mientras no se logre ejecutar la sentencia se está negando el goce de los derechos a miles de personas. El artículo 2216 del Código Civil obliga al que hizo el daño a indemnizar por los perjuicios causados. De la misma manera la Constitución de la Republica reconoce los derechos los pueblos indígenas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y así también si este ambiente se llegare a destruir reconoce el derecho a pedir indemnización y recuperación del bienestar. Según el Derecho Internacional y los Derechos Humanos todos los individuos sin discriminación deben tener acceso al Derecho de Reparación. La Resolución 60/147 de la ONU garantiza la reparación sobre los derechos que han sido vulnerados. En este caso los Afectados tienen derecho a la remediación de suelo, la restauración de ecosistemas, la remediación de sedimentos, la recuperación cultural de los pueblos indígenas, la creación de un sistema de salud, un fondo de tratamiento de personas con cáncer, la creación de un sistema de agua potable y la reparación moral por los daños ocasionados. Esto representa las tres instancias nombradas en la Resolución 60/147-ONU de restitución, rehabilitación y satisfacción. Durante décadas Chevron ha tratado de forma despectiva a las víctimas y su sufrimiento se ha prolongado por años, es ineludible el resarcimiento de los daños y el reconocimiento de la dignidad de la población.
Además, según la Declaración de las Naciones Unidas Sobre el Derecho de los Pueblos Indígenas, estos no pueden ser sometidos a la destrucción de su cultura, territorio y recursos naturales; y si esto llegare a ocurrir tienen el pleno derecho de resarcimiento. Los pueblos indígenas tienen derecho a no ser desplazados y tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han ocupado, además de la conservación y protección del medio ambiente y la capacidad productiva de la tierra. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural. La violación a los derechos antes presentados ya fue
reconocida en una sentencia y al no cumplir esta sentencia se consagra la violación de los mismos.